...

Qué hacer en caso de… despido injustificado (2ª parte).

 

Por: José Mejía

Compañero trabajado recuerda que
cuando  has sido despedido, tienes sesenta días naturales para
interponer la demanda
, para ello tienes que apoyarte en una instancia
gubernamental llamada PROFEDET en donde con los datos de tu vida laboral que tú
les proporciones, dicha dependencia procederá a citar a la empresa para tratar
de llegar a un acuerdo, esto debes hacerlo inmediatamente después de que fuiste
despedido, lo anterior porque empieza a correr el término para interponer tu
demanda. Si la empresa acude a la citación, pueden suceder dos cosas: a) te
ofrecen una cantidad de dinero que satisfaga lo que por derecho te corresponde
y firmen un convenio para dar fin al conflicto laboral; b) puede ser que la
empresa no acuda o te ofrezcan una cantidad ridícula, por tanto, deberás
iniciar el procedimiento legal correspondiente: demandar a la empresa por
despido injustificado.

Tendrás que apoyarte en un abogado
especializado en derecho laboral para que dicho profesional elabore tu demanda.
Antes de firmar la demanda tu abogado debe informarte, de manera sencilla, cuáles
son los pasos, tiempos, costos y, en su caso, la forma de pago de sus
honorarios para que tú estés de acuerdo en ello y, hasta entonces, firmes tu
demanda. Firmada ésta, el abogado procederá a presentar tu demanda en la Junta
Local o Federal que corresponda, donde la sellarán de recibido y le asignarán
la Junta que le corresponda de acuerdo al giro de la empresa. Posteriormente,
la Junta que reciba tu demanda elaborará un escrito llamado de radicación, es decir, que dicha Junta
acepta que ante la misma se llevará a cabo el proceso legal, en dicha
radicación la Junta mandará a un notificador para que éste lleve una copia de
tu demanda y se presente en el domicilio donde trabajabas para que la empresa
sea notificada y tenga la posibilidad de contestar la demanda o ser omisa al
respecto. Si la contesta, entonces estamos ya inmersos en  el proceso legal y la Junta señalará día y
hora para la primera audiencia llamada de Conciliación,
esto significa que en la misma pueden llegar a un acuerdo conciliatorio para
dar fin al conflicto laboral.

Debes de tener en cuenta que si tienes
la razón legal y llegan a un convenio, esto significa que no te van a dar el
100 por ciento de lo que te corresponde, porque se trata de un convenio
conciliatorio o de negociación.

Ahora bien, puede ser que el
ofrecimiento de pago de la empresa siga siendo mucho menor a lo que te corresponde
y, con la asesoría de tu abogado, decidas proseguir con el juicio y entonces la
Junta señalará de nueva cuenta día y hora de una nueva audiencia.

Como una información adicional,
te comentamos que si fuiste despedido durante la pandemia, el término de
sesenta días se suspendió hasta en tanto termine la contingencia, por lo que al
término de ésta y una vez que las Juntas hayan iniciado actividades es posible
que aún estés en tiempo de ingresar tu demanda.

Esperando tus comentarios o
dudas…..



 

INICIO DE LAS ETAPAS
PROCESALES EN UN JUICIO POR DESPIDO INJUSTIFICADO.

1.       El
organismo de protección del trabajo (PROFEDET) citará a los representantes de
la empresa para exhortarlos a llegar a un convenio de pago que evite seguir con
el trámite del juicio laboral.

2.       Si
tanto el trabajador como la empresa deciden llegar a un convenio, éste deberá
ser firmado por ambas partes ante una Junta de Conciliación para que ambos
tengan la certeza jurídica del acuerdo al que se ha llegado.

3.       En
caso de que no se llegue a un convenio, el siguiente paso es que tú, trabajador,
presentes tu demanda por despido injustificado ante una Junta de Conciliación y
Arbitraje.

4.       La
propia Junta notificará de manera personal a la empresa de la existencia de tu
demanda, así como la fecha en que se llevará a cabo la primera audiencia.

5.       En
esta audiencia, se les invitará nuevamente a llegar a un convenio y dar fin al
procedimiento laboral, en caso de que las partes decidan realizar un convenio,
éste deberá ser aprobado por la Junta. Si no es posible llegar a un convenio,
el procedimiento laboral continúa su curso.

6.       El
siguiente paso es esperar a que la empresa demandada presente su escrito de
contestación a tu demanda. Una vez aceptada dicha contestación por la Junta,
nuevamente se te dará una fecha de audiencia.

7.       En
esta nueva audiencia, deberás  acudir
acompañado de tu abogado.

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