...

Qué hacer en caso de… despido injustificado (3ª parte).

 


Por: José
Mejía

Estimado
compañero trabajador, en nuestra entrega anterior te comentamos cómo se inicia
un juicio laboral y ante qué instancias recurrir, comentamos también que se
podía llegar a un acuerdo conciliatorio y, de ser el caso, esto daba fin al
proceso legal; por el contrario, si no se llegaba al acuerdo proseguía el
juicio y entonces la autoridad laboral señalaría una nueva fecha y hora para el
desahogo de la primera prueba, que regularmente se esgrime para justificar y
probar lo expresado en tu demanda.

A esta prueba
se le llama “Prueba Confesional” y, tal y como su nombre lo indica, las partes
“confiesan” ante la autoridad, los hechos que dieron origen a tu despido
injustificado; a dicha audiencia debes asistir acompañado de tu abogado, llegar
de manera anticipada y acreditarte con una identificación vigente (INE, IFE, CÉDULA
PROFESIONAL, PASAPORTE o CARTILLA MILITAR). Cuando estén presentes en la Junta
de Conciliación y Arbitraje, ésta, por medio del Secretario de Acuerdos,
voceará los nombres del trabajador que demanda y de la empresa demandada, por
tres veces consecutivas a efecto de que se presenten en la mesa donde se
llevará a cabo el desarrollo de tu audiencia. Inicia la audiencia con la comparecencia
de las partes, los presentes se identificarán ante la autoridad y la misma te
dirá que debes conducirte con verdad en lo que vayas a decir, el término para
esto es “apercibir”, de tal forma que la autoridad de la Junta te advierte que
en caso de que digas mentiras es posible que se informe de ello al Ministerio
Público, porque has de saber que como estás compareciendo ante una autoridad,
es tu obligación conducirte con verdad.

Posterior a
ello, el Secretario de Acuerdos recibirá por los abogados de ambas partes, es
decir, tu abogado y el de la patronal; en seguida te harán una serie de
preguntas a efecto de poder determinar que lo mencionado en tu demanda
concuerda con las respuestas a dichas preguntas, para ello antes de dicha
audiencia, tu abogado debió de haberte mencionado cómo sería el procedimiento y
un aproximado del tipo de preguntas que te podrían hacer.

Terminado tu
turno en la confesional, será el turno de tu contraparte, quien tendrá los
mismos apercibimientos que a ti te hicieron y deberá de conducirse también con
verdad en la contestación a las preguntas realizadas por tu abogado. Una vez finalizada
dicha audiencia, la Junta señalará de nueva cuenta fecha y hora para la
celebración de una nueva audiencia en donde se desahogarán las “Pruebas
Testimoniales”.

TIPO DE PREGUNTAS QUE REGULARMENTE SE LE
HACEN A UN TRABAJADOR EN LA PRUEBA CONFESIONAL:

1.      
¿Usted entro a trabajar el día…?

2.      
¿Usted dejó de asistir a la empresa por más
de tres días seguidos…?

3.      
¿Usted gana la cantidad de…?

4.      
¿Usted recibió de manera puntual su salario?

5.      
¿Usted gozó puntualmente de sus vacaciones?

6.      
¿Usted recibió de manera puntal su prima
vacacional?

7.      
¿Usted recibió de manera puntal el pago de
sus utilidades?

8.      
¿Usted recibió de manera puntual el pago de
su aguinaldo?

9.      
¿Usted laboró en el horario establecido?

10.  
¿Usted recibió su finiquito?

Entre otras…

 

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