El trabajo digno es un derecho constitucional

 

Nelson Kamo

En la reforma constitucional al artículo 123, del 19 de diciembre de 1978, quedó establecido en el primer párrafo de dicho ordenamiento legal, el derecho de toda persona al trabajo digno y socialmente útil.

De igual manera, después de la reforma laboral del 1 de mayo de 2019, el artículo 2 de la Ley Federal del Trabajo, en el segundo párrafo, señala que “se entiende por trabajo digno y decente aquel en que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, genero, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador…”.

De cumplirse su contenido en las relaciones laborales, sin duda sería una mejora de condiciones laborales a favor de la clase trabajadora, pero todo queda en letra muerta, lo vimos en el reparto de utilidades que acaba de pasar donde portales de gran alcance publicaron “Solo 3.2 % de las empresas en México pagan utilidades a sus trabajadores” (MILENIO 24 /05/26); o al resaltar la suerte de un trabajador cuando exige mejoras en su centro de trabajo o libertad sindical, de inmediato viene la represión y este trabajador es inmediatamente hostigado para que no le quede más remedio que renunciar y si no lo hace, el patrón sin pensarlo dos veces, arguye cualquier falta al reglamento o contrato (si es que lo tiene) y lo despide injustificadamente; y ni hablar de un salario remunerador, conocemos la política que aplican los patrones cuando utilizan argumentos como aquellos de que “hay una crisis económica”, que “hay falta de productividad” y que “debemos ponernos la camiseta”.

Los trabajadores tenemos que conocer y usar esta herramienta fundamental que nos otorga la ley porque no habla solamente de tener un empleo, sino de algo mucho más profundo: la dignidad humana dentro del trabajo.

Un trabajador no pierde sus derechos al entrar a una fábrica, una empresa o cualquier centro laboral. Al contrario, es precisamente ahí donde deben respetarse sus garantías: no ser discriminado, contar con seguridad social, tener condiciones seguras, recibir capacitación y obtener un salario que le permita una vida digna a él y su familia.

Durante mucho tiempo se ha creado la idea de que tener trabajo es suficiente, aunque las condiciones no sean justas. Sin embargo, un empleo que obliga a una persona a extender jornadas excesivas, depender permanentemente del tiempo extra o aceptar salarios insuficientes no representa una verdadera calidad de vida. El trabajo debe permitir que una persona pueda cubrir sus necesidades básicas, cuidar su salud y vivir con respeto. Pero ¿qué pasa cuando no se cumple con el contenido de la ley?

La riqueza que se genera dentro de una empresa no aparece por sí sola. Detrás de cada producto, servicio o ganancia existe la participación de trabajadores que aportan su fuerza de trabajo, su conocimiento y experiencia. Por eso es importante hablar de salarios justos, capacitación y una distribución más equilibrada de los beneficios.

También es fundamental recuperar la conciencia sobre la organización de los trabajadores. Los derechos laborales no surgieron como regalos de los patrones, sino como resultado de luchas históricas de hombres y mujeres que se organizaron para conquistar y defender mejores condiciones de trabajo. En la primera organización internacional de los trabajadores creada y dirigida por Carlos Marx, en 1864 en Londres, conocida como la “Primera Internacional” se propuso que la jornada se redujera a 8 horas, prohibición del trabajo infantil, derecho de huelga y sindicalización, así como también seguridad e higiene.

En la historia laboral de México los trabajadores han enfrentado abusos, desde jornadas extenuantes y salarios de hambre que dieron como consecuencia huelgas muy emblemáticas como las de Cananea y Río Blanco (en Sonora y Veracruz, en 1906 y 1907, respectivamente) hasta prácticas sindicales alejadas de las bases trabajadoras, “chayotismo” muy común de los sindicatos charros; por tanto, interpretando al pie de la letra el contenido de los artículos mencionados al principio del texto, en México no existe trabajo digno ni mucho menos decente; y esta es una razón más para organizarse en un auténtico sindicato de trabajadores que luche junto de la mano con la clase explotada que produce toda la riqueza del país y que desafortunadamente es acaparada por unos cuantos privilegiados.

El obrero debe conocer sus derechos laborales plasmados en la Constitución y la Ley Federal del Trabajo, entender que es urgente la necesidad de organizare y hacerlos valer, para ello -como lo dije en textos anteriores- no hay mejor camino que la unión misma de la clase trabajadora en un sindicato que luche junto a ellos para mejorar sus condiciones laborales como clase trabajadora.

 

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