¿La LFT garantiza el equilibrio entre los factores de la producción?

Zirahuen Hernández

La Ley Federal del Trabajo (LFT) en el Título Primero, en donde se establecen sus principios generales, en el artículo 2° dice que “las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones de trabajo”. Hay que entender que los factores de la producción son el capital y el trabajo.

En la realidad el equilibrio entre el capital y el trabajo es solo una buena intención, en virtud de que el patrón capitalista es dueño privado del edificio en donde están instaladas las fábricas, dueño de la maquinaria, de las materias primas y del dinero para pagar la fuerza de trabajo de los obrero y, en consecuencia, también es el dueño de los productos terminados que se venden en el mercado a un precio mayor que el costo de producción, esta diferencia creada por la fuerza de trabajo del obrero es lo que constituye la ganancia de los patrones capitalistas. Los ingresos como ganancia de los patrones suelen ser mucho muy superiores a los ingresos de los trabajadores en forma de salarios los cuales generalmente apenas alcanzan a los trabajadores para mantener la capacidad de recuperar la fuerza de trabajo aplicada en las jornadas laborales y con ello poder seguir trabajando al servicio de los patrones, generándoles más y más ganancias.

Con la reciente reforma laboral el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es la autoridad encargada de otorgar los registros sindicales mediante los cuales se reconoce la constitución legal de la organización sindical de un grupo de trabajadores, otorgando las constancias o tomas de nota sin las cuales no se puede realizar ningún trámite ante las autoridades laborales. En teoría debe reconocerse la constitución legal de los sindicatos sin mayor problema, pero en la práctica se ponen muchos obstáculos con cualquier pretexto para no otorgar las tomas de nota, limitando con ello el derecho a la libre sindicalización de los trabajadores y dificultando mucho la lucha de los trabajadores para obtener mejores condiciones de trabajo y dejándolos en estado de indefensión.

La LFT permite a los patrones despedir del empleo a los trabajadores cuando intentan organizar la lucha legal para obtener mejores salarios y demás prestaciones, y establece que después del despido se realice un juicio legal para definir, con base en las pruebas existentes, si fue un despido justificado sin responsabilidad para el patrón o un despido injustificado y procede la reinstalación en el trabajo o la indemnización correspondiente. Por lo regular, estos juicios duran mucho tiempo y provocan que el despido sea un instrumento eficaz en manos de los patrones para impedir la lucha de los trabajadores por conseguir se respeten sus derechos laborales y con ello tener un mejor nivel de vida, condiciones de existencia más humanas.

Para que la ley no sea tan parcial en favor de los patrones debería reformarse en el sentido de establecer que cuando el patrón tuviera motivos para despedir a un trabajador, primero presentara la demanda ante los Tribunales Laborales y hasta demostrar con pruebas irrefutables la justificación del despido y, con base en la sentencia emitida por el Tribunal Laboral, hasta entonces se pudiera ejecutar el despido.

Otro aspecto establecido en la LFT, el cual refleja la inequidad y el desequilibrio entre el capital y el trabajo, es el que se refiere al reparto de las utilidades, en donde una Comisión Nacional Mixta, compuesta por representantes de los patrones, los trabajadores y el gobierno, determina el porcentaje utilizado en el pago y distribución de las utilidades o ganancias netas obtenidas por las empresas y declaradas ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, porcentaje que durante muchos años ha sido del 90% para los patrones y el 10% para los trabajadores, esto cuando bien les vaya a los trabajadores, porque hay años en donde muchas empresas declaran ante la Secretaría de Hacienda que salieron a mano, es decir, que no obtuvieron utilidades, tuvieron pérdidas u obtuvieron  una ganancia mínima.

El reducido monto de los ingresos del trabajador, los obstáculos que enfrenta para ejercer su libertad de organizarse sindicalmente, la inestabilidad laboral que sufre ante la amenaza permanente del despido injustificado y el incumplimiento en el pago de las utilidades, son ejemplos de los muchos aspectos en donde se evidencia claramente que la actual LFT no garantiza una equitativa distribución de la riqueza producida con el trabajo de los obreros en las empresas, no garantiza el equilibrio entre los factores de la producción, es decir, entre el capital y el trabajo.

Para enfrentar y superar esta difícil situación a los trabajadores mexicanos no les queda otra alternativa que luchar por conformar un sindicalismo independiente del control patronal y del gobierno, un sindicalismo auténtico y consecuente, crear una organización nacional obrera y buscar la alianza con  otras organizaciones populares con las cuales coincidan en la meta de construir una sociedad más justa en donde, además de resolver sus demandas económicas inmediatas, exista una mejor distribución de la riqueza social. Sin duda alcanzar esta meta es muy complicado y requerirá enormes esfuerzos, pero no hay otra alternativa.

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