Qué hacer en caso de… despido injustificado (4ª parte). La prueba testimonial.


Por: José
Mejía

Estimado
compañero trabajador, en nuestra entrega anterior te comentamos   cómo se desarrolla la prueba confesional en
tu proceso laboral y bajo ese supuesto tanto la parte actora como la demandada
defienden su dicho con dicha prueba, también comentamos que al término de esta
audiencia, la autoridad laboral señalaría una nueva fecha y hora para el desahogo
de la segunda prueba que en este caso se llama “TESTIMONIAL”, es decir, que
ahora toca desahogar la prueba que corresponde a los testigos que conocieron
cómo, cuándo, dónde, así como de la hora en que ocurrió tu despido
injustificado, lo anterior para justificar y probar su  dicho en tu demanda.

Esta prueba se
le llama “Prueba testimonial” y tal y como su nombre lo indica las partes
“atestiguan”, ante la autoridad, los hechos que dieron origen a tu despido
injustificado, tal y como lo establece el artículo 813 de la Ley Federal del Trabajo
que dice que los testigos son:

“Todos los que
tengan conocimiento de los hechos que las partes deben probar, están obligados
a declarar como testigos.

“La parte que
ofrezca prueba testimonial deberá cumplir con los requisitos siguientes:

I. Sólo podrán
ofrecerse un máximo de tres testigos por cada hecho controvertido que se
pretenda probar;

II. Indicará
los nombres y domicilios de los testigos; cuando exista impedimento para
presentar directamente a los testigos, deberá solicitarse al Tribunal que los
cite, señalando la causa o motivo justificados que se lo impidan, en cuyo caso
deberá proporcionar su domicilio y, de resultar éstos incorrectos, quedará a
cargo del oferente su presentación…. entre otros.”

Dicho lo anterior
a  dicha audiencia, tanto tú como los
testigos, deben de acudir acompañados de tu abogado, llegar de manera
anticipada y tener una identificación vigente (INE, IFE, CÉDULA PROFESIONAL,
PASAPORTE o CARTILLA MILITAR). Cuando estén presentes en la Junta, ésta, por
medio del Secretario de Acuerdos, voceara sus nombres por tres veces
consecutivas a efecto de que se presenten en la mesa donde se llevará a cabo el
desarrollo de tu audiencia, se inicia la misma con la comparecencia de las
partes, todos se identificarán ante la autoridad y la misma les  dirá a tus testigos que deben conducirse con
verdad en lo que vayan a decir, te recuerdo que el término para esto es “apercibir”
y en caso de que digan mentiras es posible que se informe de ello al Ministerio
Público, porque les hacen saber que como están compareciendo ante una
autoridad, es obligación de cualquier persona, y en este caso, a tus testigos,
el conducirse  con verdad.

Posterior a
ello, el Secretario de Acuerdos recibirá de los abogados de ambas partes, es
decir, tú abogado y el de la patronal, un número de preguntas que les harán a
los testigos a efecto de poder determinar que lo mencionado en tú demanda
concuerda con las respuestas a dichas preguntas, para ello antes de dicha
audiencia, tu abogado debió de haber platicado previamente con tus testigos a
fin de informarles cómo se desarrollaría la audiencia,  mencionado como sería el procedimiento y como
serían el tipo de preguntas que les  podrían hacer.

Terminado el
turno de cada uno de tus testigos, será el turno ahora de los testigos de tu
contraparte, a quienes también los 
apercibirán para  conducirse con
verdad en la contestación a las preguntas realizadas por tu abogado. Cabe
mencionar que de las preguntas hechas es posible el que surjan otro tipo de preguntas
y a esto se le llamará contrainterrogatorio.

Una vez finalizada
dicha audiencia, la Junta señalará de nueva cuenta fecha y hora para la
celebración de una nueva audiencia en donde se desahogarán las pruebas documentales.



PREGUNTAS QUE REGULARMENTE SE LE HACEN A UN
TESTIGO EN EL DESAHOGO DE  LA PRUEBA  TESTIMONIAL:

1.      
Que diga el testigo si conoce a X.

2.      
Que diga el testigo si conoce la fuente de
trabajo denominada…

3.      
Que diga el testigo si sabe y le consta  que el señor X trabajo en la empresa
denominada…

4.   Que diga el testigo si sabe y le consta en
qué horario laboró el señor  X  en la empresa denominada…

5.      
Que diga el testigo el motivo por el cual el
señor X dejó de laborar  explicándolo en
su caso…

6.     Que diga el testigo, si es que lo sabe y le
consta, hasta qué hora y fecha laboró el señor X en la empresa denominada…

7.       Que
proporcione el testigo la razón de su dicho…

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