Reparto de utilidades: de lo ideal a lo obsoleto

Reparto de utilidades: de lo ideal a lo obsoleto

Francisco Roca

Los acontecimientos revolucionarios ocurridos en Europa en 1848, provocados porque la burguesía industrial tenía la necesidad de romper la camisa de fuerza impuesta por la monarquía terrateniente feudal que no la dejaba desarrollarse, iniciaron en Francia, pero al poco tiempo se expandieron por Alemania, Italia, Hungría, Polonia, Moldavia y Valaquia. El intento del derrocamiento de la monarquía provocó que arreciara la disputa política entre los ideólogos capitalistas: entre los proteccionistas y los librecambistas, entre el campo y la industria, buscando en ambos casos la consolidación del capitalismo.

Esto estimuló el surgimiento de teorías económicas un tanto ideales y limitadas que luego se desarrollaron y sirvieron al capitalismo, tales como las del economista alemán Johann Heinrich von Thünen, quien creó “su propio Estado” en Mecklemburgo en un área de 465 hectáreas, donde implementó un sistema de producción basado en sus teorías de la localización económica, la renta y el beneficio empresarial en una economía agrícola.

En dicha teoría establecía la distribución de la producción agrícola en una llanura por todos lados accesible en función de la distancia a una ciudad única a la cual le diseña una distribución de diferentes cultivos en anillos concéntricos alrededor de esa única ciudad-mercado, al que llamó Estado aislado. En las proximidades de esta ciudad-mercado se encuentran los cultivos hortícolas y el ganado de animales ligados a la producción lechera, caracterizados por una renta territorial máxima muy elevada que decrece rápidamente con el alejamiento de esa única ciudad-mercado.

Ligada a esta teoría en 1848, von Thünen planeó y puso en marcha un proyecto de reparto de utilidades dirigido a aumentar la producción como una herramienta de gestión para incrementar la productividad y la competitividad de las mismas utilizando su modelo del “Estado aislado”, supuso la existencia de trabajadores iguales, con movilidad y en libertad, que reciben salarios superiores al mínimo estrictamente necesario para subsistir y que son capaces de producir productos para el consumo inmediato y “acumular capital”.

Consideraba que, si los obreros obtenían una parte de la utilidad, los trabajadores se sentirían impulsados a aumentar la productividad y acumular capital que podrían luego invertir, o bien formar grupos de trabajadores donde algunos se dedicarían solo a producir capital mientras que otros producirían el sustento indispensable, repartiendo entre todos el capital resultante. A esta teoría la denomino el “salario natural”, la cual quedó establecida en el segundo tomo de su obra denominada “El Estado aislado” (1850).

Martin Weitzman, años después, desarrollaría esa teoría planteada por von Thünen, en su obra denominada “Economía del Reparto” (1984) en donde desarrolla la teoría de los incentivos, la cual establece básicamente que la “participación en las utilidades” remunerable en dinero es esencialmente un sistema que pretende que el trabajador se sienta responsable del avance o el retroceso en la producción, estimula el esfuerzo individual, mejora la calidad del producto, los trabajadores buscan economizar el uso de recursos de la empresa, estimula la cooperación y el trabajo en grupo, liga las remuneraciones recibidas al éxito de la empresa y promueven la identificación de los trabajadores con los objetivos de la empresa; en resumen esas “utilidades repartidas” no son más que un “costo adicional” al proceso de producción, aunque de carácter variable.

Esto último, evidentemente, constituye una ventaja frente al resto de los costos laborales, ya que, en momentos de crisis que provoquen la caída de las utilidades de la empresa, este mecanismo se ajusta a la baja en forma automática y los trabajadores aceptan su responsabilidad y, por tanto, se resignan a no recibir el incentivo. Esta flexibilidad de los costos laborales constituye el argumento teórico central en el planteamiento de Weitzman, que, según su teoría, “sujetar una parte significativa de las remuneraciones totales a las utilidades de las empresas puede llevar a un aumento del empleo y a una reducción de las presiones inflacionarias de los salarios. En lo que hace al empleo, ligar una parte importante de las remuneraciones al desempeño financiero de las empresas puede estimular nuevas contrataciones, ya que reduce tanto el riesgo empresarial como el costo de las nuevas contrataciones que participarán del monto total de utilidades prefijado. En lo que hace a la inflación, al vincular una parte de los aumentos de las remuneraciones a las ganancias se restringen las causas salariales de la inflación”.

Por tanto el sistema de reparto de utilidades se utilizó inicialmente por el Estado capitalista como un método probado para empujar a los trabajadores a comprometerse con la producción de la empresa, pues al sentirse responsables del éxito o fracaso de las empresas, se veían comprometidos a proteger los intereses de los propios empresarios, esto generaba el reclutamiento de empleados de calidad por el interés individual y llevaba a conservar a los buenos trabajadores; inicialmente dicho sistema fue dirigido para aumentar la producción, otros economistas utilizaron el método para sostener las nuevas empresas con riesgo de quiebra, empujando a los trabajadores a realizar esfuerzos y sacrificios para no dejar quebrar las empresas, empujados por el interés propio generado en favor de empresa.

En México, aunque el reparto de utilidades está reconocido desde 1917 en la fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; su aplicación obligatoria se estableció el 21 de noviembre de 1962 (publicado en el Diario Oficial de la Federación); peculiarmente el Estado Mexicano, con base en su modelo keynesiano, lo planteó como una dádiva paternalista destinada a incentivar el consumo, es decir, sin estar condicionado a la productividad general del país, provocando que esta medida dejara de tener su efecto, por tanto, dejó de aplicarse discrecionalmente por las empresas y no se exigió eficazmente por el Estado, permitiendo la evasión del pago.

En la Ley Federal del Trabajo de 1970 los teóricos burgueses razonaron esta nueva medida de manera paternalista y populista: “La participación de los trabajadores en las utilidades es el reconocimiento constitucional del factor trabajo de donde nace su derecho a participar en los resultados (…) dos factores que por concurrir como elementos igualmente indispensables tienen derecho a compartir los beneficios de la actividad conjunta”. Dicho reparto quedó establecido en el artículo 127 de la ley laboral.

El reparto de utilidades se calcula con base en el 10 por ciento de las ganancias que obtuvo la empresa durante el periodo fiscal anterior. Inicialmente las empresas no podían deducir pérdidas de años fiscales anteriores e indexarlos al monto total de las utilidades para establecer las cantidades a repartir a los trabajadores; de ese 10 por ciento, la mitad se distribuye en proporción a los salarios de cada trabajador y la otra mitad se distribuye proporcionalmente según los días laborados por cada empleado al año.

Dicha medida se implementó con la finalidad de incentivar el consumo, pero su aplicación se mantuvo controlada por los patrones, quienes al no encontrar beneficio en su uso continuaron evadiéndola de diversas maneras.

La primera disminución en el monto de las utilidades en México. Es así como el sector empresarial comenzó a presionar al Gobierno mexicano para que redujera y limitara el reparto de utilidades, forzándolo para que negociara primero en el Pacto de Solidaridad Económica (PSE) 1987 y luego en el Pacto para la Estabilidad y el Crecimiento Económico (PECE) 1988 que culminó con la reducción del monto que reciben los trabajadores en el reparto de utilidades; la modificación consistió en que para determinar la PTU ahora debía de utilizarse como nueva base la “utilidad real» corregida por inflación, o sea, que ahora a la ganancias de la empresa se le restaban las inversiones y gastos diversos, en lugar usar la utilidad nominal como antes; dejando a los trabajadores muchas veces sin recibir nada, es decir, sin recibir utilidades. Esta argucia administrativa provocó la disminución del monto a repartir a los trabajadores planteado inicialmente en la ley.

La segunda disminución en el monto de las utilidades en México. De la misma manera el Gobierno federal y el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), en el año 2021, llegaron a un acuerdo para destrabar la discusión sobre la regulación del outsourcing, pues el Gobierno federal insistía en prohibir la subcontratación laboral que daba pie a la evasión fiscal y provocaba desempleo; ante esa postura el empresariado mexicano presentó una fuerte oposición ya que la desaparición de esta figura representaba un aumento en sus costos de producción, pues ahora tendrían que pagar las prestaciones que se ahorraban con la ayuda de los intermediarios. Para solucionar el conflicto, el Gobierno federal y el CCE acordaron reducir el pago de las utilidades y fijar como un tope en el pago de reparto de utilidades, es decir, como máximo se pagará el importe de tres meses de salario, afectando esta determinación a miles de mexicanos.

El establecimiento en nuestro país de un coeficiente único de participación en las utilidades en un universo de empresas muy diferentes provoca problemas para su aplicación efectiva. Por ejemplo, distribuir 10 por ciento de las utilidades por concepto de participación no significa lo mismo para una empresa dominante en su mercado que para otra con un mercado fragmentado, ni tampoco es igual para una empresa que está en fase inicial de crecimiento que para otra consolidada en su sector. Lo anterior, aunado al control político que le ha dado el Estado para que los trabajadores lo consideren como una dadiva otorgada por este, imposibilita que la medida económica se adapte a la realidad de la empresa y sea utilizada como sistema de incentivos.

Actualmente según un importante medio de comunicación mexicano (Milenio) reportó que “Los últimos datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) revelan que, en 2023, solo 180 mil 870 empresas repartieron utilidades, a pesar de haber en el país 5.5 millones de negocios formales, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), lo que quiere decir que solo 3.2 por ciento de las empresas otorgan la prestación. En 2023, los empleados recibieron en promedio 14 mil 748 pesos por utilidades, 110 por ciento más respecto de 2020, que en ese entonces repartía en promedió 6 mil 999 pesos”.

Ante este panorama muchas empresas en su afán de evadir el pago de la prestación y esconder sus verdaderos ingresos, a últimas fechas comenzaron a distribuir bonos de garantía por utilidades, aunque sin condicionarlos al logro de algún resultado productivo, provocando que los trabajadores lo consideren una prestación y no un incentivo para aumentar la producción. Se ha comprobado en la práctica que no se cumple con el propósito del incentivar la producción, ni tampoco con lo establecido por la ley, lo cual pone en tela de juicio la eficacia de estas medidas como sistemas para aumentar la producción, como instrumento de distribución de ingresos para aumentar el consumo, aunado a que tampoco se respeta como prestación.

Como vemos el reparto de utilidades no es una prestación que haya sido conquistada por la lucha obrera, si bien mejora medianamente los ingresos de unos pocos trabajadores, en realidad el Estado impuso esta medida, forzado por la burguesía mexicana, con el propósito de aumentar la producción y con la intención de detonar el consumo de los trabajadores para continuar con su receta keynesiana.

Sin embargo, esta intervención supuestamente favorable, dio al Estado capitalista la apariencia humanista empujando el conformismo de los trabajadores, al concebirse representados por el mismo, pero la promulgación de dicha prestación resultó principalmente enunciativa, pues la misma no se puede hacer efectiva plenamente, solo sirve para arrebatar banderas de lucha a los trabajadores argumentando que sus demandas están resueltas obligándolos a sujetarse a la tramitología legal en los tribunales laborales, que al no tener reglamentación procesal ni sanciones para quien incumpla con dicha prestación, esta no es más que letra muerta.

La anarquía en la producción y el individualismo del empresariado capitalista provocan que lo establecido en la ley sea manipulado o modificado según convenga a los dueños del capital. Solo una decidida intervención de la clase obrera a través de un auténtico sindicalismo podrá provocar que en verdad se obtengan mejoras permanentes en sus condiciones de trabajo.

 

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